EL SINCERICIDIO DE CARRIO, LA MESA JUDICIAL Y EL CONSECUENTE DAÑO INSTITUCIONAL CAUSADO  
    

11 de febrero de 2021 > Publicaciones > Centro de Estadísticas

EL SINCERICIDIO DE CARRIO, LA MESA JUDICIAL Y EL CONSECUENTE DAÑO INSTITUCIONAL CAUSADO

     
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EL SINCERICIDIO DE CARRIO, LA MESA JUDICIAL Y EL CONSECUENTE DAÑO INSTITUCIONAL CAUSADO

Documento de trabajo. Febrero de 2021.
Autor: Ariel Matias Grillo.

La interna en el espacio “Juntos por el Cambio” parece no llegar a un punto final. Es que, el pasado Martes 2 de Febrero, la dirigente Elisa Carrió apuntó directamente contra ciertos funcionarios del aquel entonces Poder Ejecutivo del macrismo, quienes trabajaban para operar sobre la justicia, con la denominada “mesa judicial”.

Lo vaticinado por la ex diputada, co-fundadora del espacio que condujo los destinos del país entre el 2015 y 2019, fue directamente en relación al desplazamiento ilegítimo del juez Eduardo Farah de la Cámara Federal porteña, a través de una negociación tan oscura como inconstitucional encabezada por Javier Fernández (integrante de la AGN), en donde se corrió de su asiento al magistrado para trasladarlo a otro juzgado, lo que finalmente permitió que en la actualidad, el Decreto 53/2021 lo restablezca en su cargo natural, recuperando la silla que le quitaron.

Los motivos por los que se cometió el atropello institucional se relacionan directamente con la causa Oil Combustibles en las que el juez ordenó el cese de la prisión preventiva de los Sres. Cristóbal López y Fabián de Sousa. Ínterin, fiel a su estilo de “denunciadora serial”, Carrió afirmó sin la más mínima prueba que Farah recibió coimas por parte de López y que ese fue el motivo que impulsó el decisorio. Como es moneda corriente en los últimos años, esto fue desmentido y quedó en una falsedad más de la dirigente radical.

Ahora bien, en el marco de la Ley 27.146 que establece reglas de actuación de los jueces, queda a las claras que ha habido una vulneración expresa del PEN (Poder Ejecutivo Nacional) comandado por Mauricio Macri al marginar dicho marco normativo por el Decreto de Necesidad y Urgencia 257/2015.

¿Cuál es la esencia de la norma y que tutela?. El artículo 70 reza que “…Los jueces y las juezas de todos los fueros con jurisdicción federal con asiento en las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán dar estricto cumplimiento a las reglas de actuación que a continuación se indican, en el desarrollo de la función judicial que le ha sido encomendada: Ejercer sus funciones libres de interferencias ; Comunicar en forma inmediata al CONSEJO DE LA MAGISTRATURA de la Nación cualquier intento de influencia en sus decisiones por parte de poderes políticos o económicos, miembros del Poder Judicial, Ejecutivo o Legislativo, amistades o grupos de presión de cualquier índole, y solicitar las medidas necesarias para su resguardo ; Evitar que el clamor público y el miedo a la crítica incidan en sus decisiones, y en ningún caso deberán actuar sobre la base de consideraciones de popularidad, notoriedad u otras motivaciones impropias…”

En ausencia de un mecanismo eficaz como el que la norma citada ut supra prevé, la mayoría de las denuncias al Consejo de la Magistratura no surtieron efecto y el Dr. Farah fue trasladado al fuero Penal Económico.

Importancia del Proyecto de Reorganización Judicial:

El proyecto impulsado por el oficialismo que busca la reorganización y celeridad en el fuero de la justicia penal federal y que crea nuevos juzgados y Cámaras de apelaciones en las Provincias, retoma y vuelve a poner sobre la mesa las reglas de actuación que no solo impone obligaciones en el ejercicio de la función, sino que también otorga respaldo y mayor precisión en el nuevo modus operandi que ha puesto en ejercicio la derecha latinoamericana. Nos referimos al Lawfare y a la intromisión del ejecutivo en el Poder Judicial.

En esta invasión que “Cambiemos” desarrolló, se notó el entramado mediático de los grupos hegemónicos de comunicación y la complicidad del Ministro de Justicia German Garavano, otro de los apuntados por intervención en investigaciones judiciales a través de un selecto grupo de poder que a dedo decidía la colocación de jueces en lugares y fueros estratégicos para perpetrar persecución política y judicial hacia dirigentes gremiales y del ámbito político a gusto y piacere. El entramado no solo fue por acción, sino que también por omisión, puesto que la cabeza del ministerio no ha esgrimido pronunciamiento alguno durante su función. Consultado post declaración de la “fiscal de la Patria” Elisa Carrió, no tuvo mejor idea que indicar que todo lo que se cuenta forma parte de un “relato delirante” por parte del Kirchnerismo.

Centralmente, una legislación que tenga sobre la escena una práctica como la que se desarrolla durante la presente nota, seguramente levantaría mayor polvareda y podría articular los mecanismos legales pertinentes para que cualquier juez pueda sostener lo que el art. 18 de nuestra Carta Magna garantiza. Nada más y nada menos que el llamado Principio de Juez Natural. Pero, ¿en qué consiste este último principio rector? Para cualquier desprevenido/a y contrario sensu a lo que la actual oposición ha denunciad por Julio del año pasado, se impide que se perpetre la impunidad de cambiar las causas de juez o de juzgado. En otras palabras, las causas en trámite y radicadas en un organismo, continuarán su trámite ante este mismo órgano hasta su conclusión.

La peligrosidad institucional de generar anomia:

El nuevo sincericidio de la mandamás de la Coalición Cívica Ari, a pesar de describir una triste realidad, genera una preocupación a futuro. Da la idea de un Tribunal de inquisición, donde se decidía entre gallos y medianoche a quien procesar, a quien intervenirle un teléfono, a quien y a quien no se extorsionaba con un “carpetazo” de la SIDE.

Los paladines de la República son quienes disparan sobre los pies de la misma. Una República que sin verdadera independencia de poderes jamás podrá llegar a quitarse la venda de los ojos. Ese desenlace debe estar dotado de herramientas. Los poderes no son meros compartimentos estancos, sino que se alimentan de esfuerzos y compromisos políticos que les inyecten autonomía verdadera, fiscalizaciones serias que inspiren transparencia en la sociedad.

Para finalizar y a la luz de los últimos acontecimientos nacionales y en la región, podemos advertir que los nefastos sótanos de la democracia promulgados por la derecha, no hacen más que ratificar que “cuando el orden es injusticia, el desorden ya es un principio de justicia”.

IDEAL QUILMES





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